jueves, 18 de junio de 2020

3° COMUNICADO


ESCUELA SECUNDARIA OFICIAL NUMERO 0039
“REVOLUCIÓN MEXICANA”
TURNO MATUTINO



Nezahualcóyotl, México a 18 junio de 2020

3° COMUNICADO

En seguimiento al acuerdo número 12-06-20 que establece lo siguiente:

TÍTULO DOS
PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA

OCTAVO
* La entrega de boletas de evaluación y certificados en formato electrónico se realizara únicamente del 20 al 23 de junio y se efectuara de la siguiente manera:

- El alumno se tendrá que poner en contacto con su orientador respectivo (correo), recuerden que tendrán que indicar su nombre completo, grado, grupo y CURP, para que se les reenvié su boleta de evaluación o certificado en el caso de tercer grado.

Correo de orientación educativa.
·       Hernández González Marco Antonio     marcoaher0569@hotmail.com.
·       Lule Cornejo Rosa María                      rosam_lule@hotmail.com
·       Mayo Hernández Carmina                     mayocarmina@gmail.com
·       Silva Barrera Nabor                              nabor.silva.barrera@gmail.com


-        La entrega física de las boletas de evaluación y certificados a las madres, padres de familia o tutores se realizará al inicio del próximo ciclo escolar.

DÉCIMO PRIMERO
.- Las inscripciones y reinscripciones para el ciclo escolar 2020-2021 se llevarán a cabo los días 6 y 7 de agosto. Con la finalidad de agilizar los procesos, se realizará el intercambio de información a través de las áreas de control escolar de las autoridades educativas.

-        I. La inscripción de los educandos se realizará de manera inmediata al nivel que corresponda, de manera presencial o en línea, con la finalidad de garantizar su ingreso al servicio educativo para el ciclo escolar 2020-2021. La entrega de la totalidad de la documentación se realizará durante los tres primeros meses del ciclo, con excepción de los datos personales del educando, de la madre, padre de familia o tutor a efecto de establecer contacto inmediato en casos de emergencia.

-        II. La reinscripción se realizará de manera automática al grado que corresponda; si el educando cursó el grado inmediato anterior en la misma escuela, la directora o el director de la institución educativa pública o particular con autorización, verificará sus antecedentes académicos en sus archivos, sin requerirle mayor documentación a la madre, el padre de familia o tutor, con excepción de la actualización de datos personales del educando, de la madre, padre de familia o tutor a efecto de establecer contacto inmediato en casos de emergencia.

-      DÉCIMO SEGUNDO.- El ciclo escolar 2020-2021 iniciará el 10 de agosto de 2020 con una etapa remedial o de nivelación, un periodo de valoración diagnóstica y de trabajo docente para resarcir rezagos e insuficiencias en el aprendizaje correspondiente al grado anterior y tendrá una duración mínima de tres semanas; el colectivo docente o el titular del grupo podrán determinar la ampliación de este periodo.

lunes, 8 de junio de 2020

2° Comunicado.


ESCUELA SECUNDARIA OFICIAL NUMERO 0039
“REVOLUCIÓN MEXICANA”
TURNO MATUTINO



Nezahualcóyotl, México a 8 junio de 2020
2° COMUNICADO

CC. PADRES DE FAMILIA.
Por medio de la presente me permito informarles sobre los acuerdos tomados en el Consejo Técnico Escolar (CTE), con el colegiado docente.

Atendiendo a las recientes instrucciones por parte de la Subsecretaría de Educación Básica (SEB), emitidas el 05 junio de 2020, presentada por Estaban Moctezuma Barragán, Secretario de educación Pública, y en seguimiento al acuerdo número 12-06-20 se establece lo siguiente:

TÍTULO DOS
PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA

-        SEXTO.- La evaluación señalada en los planes y programas de estudio para preescolar, primaria y secundaria deberán tomar en cuenta la suspensión de actividades debido al caso fortuito y fuerza mayor que imperan por condiciones sanitarias en el país, así como lo señalado por las autoridades sanitarias, resulta fundamental establecer un mecanismo de evaluación extraordinaria que considere lo siguiente:

-        III. Se tomarán en cuenta los logros de los educandos en todo el ciclo escolar, por lo que, para el caso de educación primaria y secundaria, la calificación del tercer periodo será el promedio de las calificaciones obtenidas en los dos periodos de evaluación previos, sumando a éste todos los elementos de valoración que el docente considere, entre otros: el esfuerzo realizado en forma autónoma por los educandos, el involucramiento de las y los educandos en alguno de los medios utilizados por la estrategia "Aprende en Casa" o las guías y actividades dirigidas a distancia por el titular del grupo;

MAESTROS.
-        V. Se podrán considerar aquellas actividades que se realizaron por medios electrónicos, de manera virtual y efectiva, siempre que sea en beneficio de los educandos;

-        VI. La Carpeta de Experiencias podrá tomarse en cuenta como uno de los elementos de valoración, exclusivamente en los casos en que estudiantes y familias hayan tenido oportunidad de compartirla con sus docentes. En todo caso, la carpeta se utilizará como elemento de valoración diagnóstica en el inicio del próximo ciclo escolar. La valoración de la carpeta se usará únicamente en beneficio de las niñas, niños y adolescentes para aumentar su calificación, nunca para perjudicarlos;

-        VII. En caso de no tener elementos adicionales para la valoración del tercer periodo, debido a que no hubiese sido posible establecer comunicación con el educando, o bien, por falta de acceso a la oferta educativa de la estrategia "Aprende en Casa", o por no contar con las herramientas o materiales para desarrollar los trabajos o actividades escolares, la calificación del tercer periodo será el promedio de las calificaciones obtenidas en los dos periodos de evaluación previos; considerando criterios de equidad y el interés superior de niñas, niños y adolescentes; se procurará su continuidad al siguiente grado escolar o nivel educativo;

-        VIII. El criterio de asistencia del 80% para los educandos de 3º a 6º grado de educación primaria y de 1er a 3er grado de educación secundaria, no será considerado para la acreditación y promoción de grado o nivel educativo del ciclo escolar 2019-2020;

DIRECCIÓN.
-        IX. Para los educandos que transiten de 6° de primaria a 1° de secundaria, no habrá exámenes de asignación. Los criterios para ubicar a los educandos serán su calificación, la proximidad del lugar de residencia a la escuela, la proximidad del centro de trabajo del padre, la madre o tutor a la escuela, o el hecho de tener hermanas o hermanos cursando la secundaria en la misma escuela, y

-        X. En todos los casos que sea posible, el docente titular de grupo o de asignatura, deberá continuar con el mismo grupo de educandos en el siguiente grado escolar.

-        SÉPTIMO.- Durante el mes de agosto se llevarán a cabo dos procesos de regularización para estudiantes de secundaria, previo acompañamiento y apoyo académico. Los resultados de las evaluaciones deberán emitirse a más tardar el 31 de agosto.

MAESTROS
-        OCTAVO.- La comunicación del resultado de la evaluación del tercer periodo y calificación final, así como la entrega en formato electrónico de las boletas de evaluación y certificados a las madres, padres de familia o tutores, se realizará los días 18 y 19 de junio, si la familia dispone de medios de comunicación telefónica o electrónica.
*  En caso de dudas o aclaraciones respecto a la calificación obtenida comunicarse con el titular de la asignatura por medio de su correo electrónico. Orientación educativa será la encargada de enviar  los promedios obtenidos coordinado con la dirección escolar del 20 al 23 junio.

-        La entrega física de las boletas de evaluación y certificados a las madres, padres de familia o tutores se realizará al inicio del próximo ciclo escolar.


DIRECCIÓN
-        DÉCIMO.- La jornada de limpieza escolar se llevará a cabo durante los tres primeros días hábiles del mes de agosto, para ello se instalarán los Comités Participativos de Salud Escolar (CPSE) en el marco de los Consejos de Participación Escolar, conformado con las madres, padres de familia o tutores, personal docente y directivo, con la finalidad de organizar las jornadas de limpieza durante el ciclo escolar, así como promover y ejecutar las acciones dirigidas al cuidado de la salud y bienestar de la comunidad escolar.

-        DÉCIMO PRIMERO.- Las inscripciones y reinscripciones para el ciclo escolar 2020-2021 se llevarán a cabo los días 6 y 7 de agosto. Con la finalidad de agilizar los procesos, se realizará el intercambio de información a través de las áreas de control escolar de las autoridades educativas.

-        I. La inscripción de los educandos se realizará de manera inmediata al nivel que corresponda, de manera presencial o en línea, con la finalidad de garantizar su ingreso al servicio educativo para el ciclo escolar 2020-2021. La entrega de la totalidad de la documentación se realizará durante los tres primeros meses del ciclo, con excepción de los datos personales del educando, de la madre, padre de familia o tutor a efecto de establecer contacto inmediato en casos de emergencia.

-        II. La reinscripción se realizará de manera automática al grado que corresponda; si el educando cursó el grado inmediato anterior en la misma escuela, la directora o el director de la institución educativa pública o particular con autorización, verificará sus antecedentes académicos en sus archivos, sin requerirle mayor documentación a la madre, el padre de familia o tutor, con excepción de la actualización de datos personales del educando, de la madre, padre de familia o tutor a efecto de establecer contacto inmediato en casos de emergencia.

MAESTROS
-        DÉCIMO SEGUNDO.- El ciclo escolar 2020-2021 iniciará el 10 de agosto de 2020 con una etapa remedial o de nivelación, un periodo de valoración diagnóstica y de trabajo docente para resarcir rezagos e insuficiencias en el aprendizaje correspondiente al grado anterior y tendrá una duración mínima de tres semanas; el colectivo docente o el titular del grupo podrán determinar la ampliación de este periodo.

-        DÉCIMO TERCERO.- Para garantizar la seguridad, salud e higiene de todos los educandos y docentes, se señalan las siguientes nueve intervenciones que aseguren el bienestar de la comunidad escolar:

-        I. Se activarán los CPSE, los cuales se encargarán de la sanitización y limpieza, tanto general como rutinaria; promover los tres filtros de corresponsabilidad, uno en la casa, otro a la entrada a la escuela y otro en el salón de clases; promover las medidas de higiene permanentes; generar el entrenamiento formal sobre higiene; instalar la circulación en un solo sentido para evitar mayores contactos, y generar en las escuelas las señalizaciones respectivas;
-        II. Garantizar el acceso a jabón y agua;
-        III. Cuidar de maestras y maestros que se encuentren en grupos de riesgo;
-        IV. Usar de manera obligatoria cubre bocas o pañuelos sobre nariz y boca;
-        V. Continuar con las medidas implementadas de sana distancia, las cuales se mencionan de manera enunciativa, mas no limitativa: evitar filas en las entradas y salidas, recreos escalonados, lugares fijos asignados por educando en el salón de clase, y una asistencia alternada durante el periodo de valoración diagnóstica Y reforzamiento tomando como uno de los indicadores, entre otros, el primer apellido de las y los estudiantes.
-        VI. Maximizar el uso de espacios abiertos;
-        VII. Suspender cualquier tipo de ceremonias o reuniones que aglomeren a la comunidad escolar;
-        VIII. Desarrollar la detección temprana. En el caso de que se detecte alguna persona enferma de virus SARS-CoV2, se cerrará la escuela durante el periodo necesario, y
-        IX. Promover el apoyo socioemocional para educandos y docentes. Lo dispuesto en el presente numeral será aplicable durante el tiempo requerido por las autoridades sanitarias.

-        DÉCIMO CUARTO.- Se establece el siguiente calendario de actividades aplicables para el cierre del ciclo escolar 2019-2020 y el inicio del ciclo escolar 2020-2021:


-        DÉCIMO QUINTO.- En aquellos casos que de conformidad con el Acuerdo publicado por la Secretaría de Salud en el DOF el 14 de mayo, por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias, y que se encuentren en el denominado "Semáforo verde", deberán cumplir con las disposiciones que en su caso correspondan para ofrecer el servicio público educativo, en el entendido de lo dispuesto en el último párrafo del numeral DÉCIMO TERCERO.

ATENTAMENTE
PROFR. JOSÉ ANTONIO LEGORRETA LÓPEZ
DIRECTOR ESCOLAR.